En virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ¿cuáles son las obligaciones de un encargado del tratamiento que contrata a un subencargado? En virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las obligaciones de un encargado del tratamiento que contrata a un subencargado son obtener el consentimiento del responsable del tratamiento y garantizar que el subencargado cumple las obligaciones de tratamiento de datos que son equivalentes a las que se aplican al encargado del tratamiento. El RGPD define al encargado del tratamiento como una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que
A. El encargado del tratamiento debe notificarlo previamente por escrito al responsable del tratamiento y realizar una auditoría preliminar del subencargado del tratamiento
B. El encargado del tratamiento deberá obtener la autorización escrita del responsable del tratamiento y presentar informes anuales sobre los resultados del subencargado del tratamiento
C. l encargado del tratamiento deberá recibir un acuerdo por escrito en el que se establezca que el subencargado será plenamente responsable ante el responsable del tratamiento del cumplimiento de sus obligaciones en relación con los datos personales en cuestión
D. l encargado del tratamiento debe obtener el consentimiento del responsable del tratamiento y garantizar que el subencargado cumple las obligaciones en materia de tratamiento de datos equivalentes a las que se aplican al encargado del tratamiento